Suspensión provicional del decreto del salario mínimo
El 12 de febrero de 2026, el Consejo de Estado decretó la suspensión provisional de los efectos del Decreto 1469 de 2025, mediante el cual el Gobierno Nacional había fijado el salario mínimo legal mensual vigente (SMLMV) para el año 2026 con un incremento del 23%, estableciendo un valor de $1.750.905.
La decisión no anula el decreto de manera definitiva, pero sí cuestiona la forma en que fue motivado, al considerar que no se acreditó de manera concreta, técnica y verificable la aplicación de los parámetros exigidos por la ley para fijar el salario mínimo
Por qué se suspendió el decreto del salario mínimo 2026
El eje central de la decisión está en el artículo 8 de la Ley 278 de 1996, que obliga al Gobierno, cuando fija el salario mínimo de manera unilateral, a considerar de forma conjunta y equilibrada los siguientes factores:
- Inflación causada
- Meta de inflación
- Productividad
- Contribución de los salarios al ingreso nacional
- Crecimiento del PIB
El Consejo de Estado concluyó que, aunque el decreto mencionó estos criterios, no explicó cómo influyeron realmente en la cifra final del 23%, ni cuál fue el peso específico de cada uno en el cálculo del aumento
En términos jurídicos, esto configura una falta de motivación suficiente, ya que no se logra verificar el nexo causal entre los datos económicos oficiales y el porcentaje de incremento adoptado.
El problema del salario vital como criterio central
Uno de los puntos más relevantes de la providencia es la crítica al uso del concepto de “salario vital”, apoyado en estudios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
El Consejo de Estado no desconoce la importancia constitucional de garantizar una remuneración mínima, vital y móvil, pero advierte que:
- El salario vital no es un parámetro legal autónomo en Colombia.
- No puede reemplazar ni desplazar los criterios expresamente definidos por el legislador.
Su uso como criterio predominante, sin una ponderación clara de los factores legales, desborda la competencia reglada del Gobierno
En consecuencia, el tribunal consideró que existió una posible sustitución de los parámetros legales, lo cual justifica la suspensión provisional del decreto mientras se decide el fondo del proceso.
Descargar La providencia de la suspención del decreto del salario mínimo
Por qué la suspensión no genera un vacío normativo
Un punto clave para empresas, trabajadores y áreas de gestión humana es que la suspensión no tiene efectos inmediatos absolutos.
El Consejo de Estado ordenó que:
- El salario mínimo fijado en el Decreto 1469 de 2025 seguirá vigente de manera transitoria.
- Esto se mantendrá hasta que el Gobierno Nacional expida un nuevo decreto, con un ajuste temporal, debidamente motivado y alineado con los criterios legales y constitucionales
La finalidad es evitar un vacío normativo y garantizar la movilidad salarial, mientras se corrigen los defectos de motivación identificados.
Qué pasa con pagos, contratos y obligaciones ya realizadas
La providencia es clara en un aspecto fundamental para la seguridad jurídica:
La suspensión no afecta los derechos y obligaciones que ya hayan sido liquidados o pagados con base en el salario mínimo 2026 fijado por el decreto suspendido.
Esto incluye, entre otros:
- Nóminas ya pagadas
- Pensiones
- Multas y sanciones
- Contratos indexados al salario mínimo
- Tarifas y aportes al sistema de seguridad social
Todo lo anterior se mantiene incólume, y no deberá ser reliquidado, siempre que haya sido calculado antes de la expedición del nuevo decreto transitorio.
Qué debe hacer el Gobierno ahora
La providencia es clara en un aspecto fundamental para la seguridad jurídica:
La suspensión no afecta los derechos y obligaciones que ya hayan sido liquidados o pagados con base en el salario mínimo 2026 fijado por el decreto suspendido.
Esto incluye, entre otros:
- Nóminas ya pagadas
- Pensiones
- Multas y sanciones
- Contratos indexados al salario mínimo
- Tarifas y aportes al sistema de seguridad social
Todo lo anterior se mantiene incólume, y no deberá ser reliquidado, siempre que haya sido calculado antes de la expedición del nuevo decreto transitorio
Implicaciones prácticas para empresas y áreas de gestión humana
Desde una perspectiva empresarial y laboral, esta decisión implica:
- No realizar ajustes retroactivos sobre pagos ya efectuados.
- Monitorear la expedición del nuevo decreto, ya que puede modificar el porcentaje de aumento.
- Mantener criterios de prudencia contractual y presupuestal, especialmente en contratos indexados al SMLMV.
Contar con asesoría laboral y jurídica actualizada para anticipar escenarios de ajuste.
Conclusión
La suspensión provisional del decreto del salario mínimo 2026 no elimina el aumento, pero sí pone en evidencia una debilidad jurídica en su motivación. El mensaje del Consejo de Estado es claro: la política salarial debe ser socialmente responsable, pero también jurídicamente rigurosa y técnicamente demostrable.
En Elección Confiable, acompañamos a empresas y áreas de talento humano en la interpretación clara y aplicada de este tipo de decisiones, ayudando a reducir riesgos laborales, contractuales y financieros en contextos de alta incertidumbre normativa.



